PLANIFICACIÓN DE LAS VACACIONES ANUALES 2022 OTRA AGRESIÓN A NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES
Tal y como
reconocen distintas sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, las vacaciones son un derecho fundamental y
por tanto su limitación constituye una
agresión a nuestros más elementales
derechos. Este año el ataque a nuestro derecho a las vacaciones se articula por
una triple vía:
1.-
Aplican el porcentaje de compañeros que
pueden disfrutar las vacaciones en un determinado periodo en base al criterio recogido en el
calendario laboral 2022, que es más restrictivo que lo recogido en nuestro
Convenio Colectivo
2.- Por la
información trasmitida desde varios
centros de trabajo, la dirección pretende que el mencionado porcentaje no se aplique sobre la totalidad
de las plazas de una determinada unidad, si no que lo reducen al número real de
trabajadores que a fecha de la solicitud estén trabajando en la unidad.
3.- Los criterios que habitualmente adoptan las
jefaturas para establecer el orden para el disfrute de las vacaciones entre el
personal de un mismo centro de trabajo no deben ser, ni sorteos, ni decisiones
unilaterales, ni discriminaciones. Recordamos lo establecido en el Convenio
colectivo: el criterio se basará en los principios de voluntariedad y opción, por
lo que cada jefatura promoverá el consenso entre el personal a
su cargo.
Desde CGT hemos interpuesto Conflicto
Colectivo denunciando el calendario laboral y la fecha prevista para el juicio es el
próximo 6 de abril.
¿CÓMO DEBEMOS ACTUAR?
1.- Solicitemos las vacaciones por escrito, con copia fechada y firmada por el
responsable de la unidad.
2.- No aceptemos criterios unilaterales por
parte de la jefatura, ni sorteos, exclusivamente el Consenso.
3.- Una vez que se nos conteste por escrito
denegando el plazo solicitado, deberemos denunciarlo en el Plazo de 20 días
hábiles. (El personal laboral, tanto fijo como eventual dispone de un proceso
judicial urgente y gratuito. En el caso del personal funcionario, el proceso es
más complicado, se puede interponer previamente un recurso de reposición
dirigido al Centro Directivo de Correos y para el resto del proceso se requiere
abogado y procurador)
(COMUNICAT DE LA SECCIÓ DE BARCELONA)